En su sesión de este martes, la Cámara de Diputados analizará el proyecto de ley que establece la creación de las sociedades de garantía recíprocas, iniciativa que enfrentará así su tercer trámite constitucional, tras haber recibido modificaciones del Senado.
El texto, que se tramita con simple urgencia (30 días de discusión), establece un marco legal para la constitución y operación de estas instancias, a través de las cuales los pequeños y medianos empresarios pueden organizarse para administrar un sistema de garantías que les permita acceder a financiamiento sorteando las dificultades que el sistema les impone en la actualidad, como por ejemplo la carencia de un acceso expedito al financiamiento requerido para sus operaciones.
El proyecto abre la posibilidad de que existan las SGR donde los empresarios de menor tamaño constituyen una instancia donde exista un cierto capital o patrimonio que pueda garantizar ante los bancos la solicitud de crédito que ellos individualmente hacen.
Pretende incorporar al ordenamiento jurídico un esquema de avales que ha funcionado exitosamente en España, Italia y Argentina, entre otros países; que soluciona en gran medida el problema del acceso a las fuentes de financiamiento que tienen hoy los pequeños y medianos empresarios, a partir de una administración más eficiente de sus garantías.
Autoriza la creación de sociedades anónimas especiales de giro exclusivo cuya función primordial es afianzar las obligaciones que sus accionistas o beneficiarios contraigan con terceros acreedores con cargo a las garantías, denominadas en el proyecto «contragarantías», que éstos constituyan a favor de la sociedad.
La ventaja de esta nueva institución es que la sociedad podrá afianzar diversas obligaciones del deudor y ante uno o varios acreedores, aun cuando el bien entregado en garantía sea uno sólo, o incluso que no haya rendido contragarantías.